Código de Ética

Tiene como objetivo orientar en las buenas prácticas de su profesión, a nivel social y personal.

 

Código de ÉTICA

El Código de Ética es el conjunto de normas que los asociados en la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba acuerdan para regular la práctica profesional y así lograr una uniformidad en su modo de trabajo.

  1. La Responsabilidad profesional del Diseñador Gráfico:
    1. El Diseñador Gráfico debe actuar de tal manera que soporte los dictados de la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba y sus miembros, así como promover los más altos niveles de diseño y profesionalismo posibles.
    2. El Diseñador Gráfico no debe comprometerse con ninguna actividad que deshonre y desprestigien su estatus profesional.
    3. El Diseñador Gráfico debe enaltecer y dignificar en todo momento su profesión, ejerciéndola con idoneidad y responsabilidad.
  2. Autoría:
    1. El Diseñador Gráfico no debe reclamar la autoría de un trabajo para el cual otros Diseñadores han colaborado.
    2. Cuando un trabajo pertenece a varios profesionales, es responsabilidad del Diseñador o estudio identificar claramente la responsabilidad e incumbencia sobre dicho trabajo. Ejemplos de ese trabajo, no deben ser usados para publicidad, portafolios, etc. sin especificar claramente las partes de las cuales el Diseñador o estudio es autor.
  3. Honorarios:
    1. El Diseñador Gráfico debe respetar los precios mínimos establecidos por el Tarifario de la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba.
    2. El Diseñador Gráfico no debe participar de ningún proyecto sin la adecuada compensación, excepto por trabajo relacionado con caridad, solidaridad u organizaciones sin fines de lucro.
    3. El Diseñador Gráfico debe trabajar sólo por una compensación económica, una regalía, un salario u otra forma previamente acordada de compensación.
    4. El Diseñador Gráfico no debe participar en proyectos especulativos, solo o en competencia con otros Diseñadores, donde la única compensación devenga de la aceptación del diseño.
  1. Publicidad:
    1. Todo elemento de autopromoción, publicidad, o propaganda no debe contener deliberadamente ninguna clase de falsedades sobre la competencia, la experiencia o las capacidades profesionales.
  1. Del Diseñador hacia otros Diseñadores:
    1. Los Diseñadores Gráficos en busca de nuevos negocios deben fomentar una competencia abierta y honesta basada en el mérito profesional.
    2. El Diseñador Gráfico no debe, conscientemente, aceptar cualquier proyecto profesional en el cual otro Diseñador haya estado o esté trabajando sin conocimiento de este otro Diseñador, y hasta que esté completamente satisfecho de que su participación ha terminado y que todo material relevante a la continuación del proyecto sea propiedad del cliente.
    3. El Diseñador no debe intentar, directa o indirectamente suplantar a otro Diseñador Gráfico, ni competir con otro colega con medios faltos de ética.
    4. El Diseñador Gráfico debe ser imparcial al criticar y no debe denigrar el trabajo o la reputación de un colega.
    5. El Diseñador Gráfico no debe plagiar el diseño de un colega o modificarlo mal intencionadamente para hacerlo pasar por propio.
    6. El Diseñador Gráfico debe evitar cualquier acto que, directa o indirectamente, perjudique los intereses legítimos de otros profesionales.
    7. Un Diseñador Gráfico trabajando en un país al cual no pertenece debe observar el código de conducta de la región en cuestión.

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

  1. La responsabilidad del Diseñador Gráfico hacia los clientes:
    1. El Diseñador Gráfico debe actuar teniendo siempre en cuenta el interés del cliente dentro de los límites de su responsabilidad profesional, en un marco de confianza mutua.
    2. El Diseñador Gráfico debe tratar todo trabajo en desarrollo hasta su culminación, y todo conocimiento de las intenciones de un cliente, métodos de producción y estrategia de negocio, como confidencial. No debe divulgar dicha información sin previo consentimiento y es responsabilidad del Diseñador Gráfico asegurarse que todos los integrantes o colaboradores suyos en dicho proyecto actúen de la misma manera.
    3. Es responsabilidad del Diseñador Gráfico aclarar previamente por escrito el alcance del proyecto, su contenido y los formatos de entrega del material, así como las acciones a tomar en caso de la suspensión del servicio.
    4. El Diseñador Gráfico debe actuar contemplando en todo momento lo dispuesto por la Ley de Propiedad Intelectual y Derecho de Autor de la República Argentina.
    5. El Diseñador Gráfico no debe aceptar instrucciones de un cliente que proponga el uso de la propiedad y derechos de otra persona sin previo permiso ni realizar acciones que perjudiquen a terceros o que impliquen faltas a la ética.
    6. El Diseñador Gráfico no debe aceptar un proyecto si no se siente capaz de cubrir todos los requerimientos derivados de las necesidades del cliente.
    7. El Diseñador Gráfico debe siempre ofrecer su máxima capacidad técnica y profesional, procurando el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y tecnológicos para lograr los mayores beneficios posibles para su cliente.
  1. De los profesionales hacia la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba:
    1. El Diseñador Gráfico debe respetar toda normativa legal, y reglamentación dispuesta por la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba, que al ejercicio profesional se refiera.
    2. El Diseñador Gráfico debe mantener una actitud de respeto y enaltecimiento de la institución y proponer iniciativas para el mejor desenvolvimiento profesional.
    3. El Diseñador Gráfico debe colaborar con la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba en el desarrollo de su cometido, contribuyendo al prestigio y progreso de la profesión.
    4. El Diseñador Gráfico no debe falsear información que la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba le solicite.
    5. El Diseñador Gráfico debe apoyar a la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba utilizando los recursos a su alcance.
    6. El Diseñador Gráfico debe denunciar a la Asociación Profesionales del Diseño Gráfico de Córdoba los casos de su conocimiento que configuren un ejercicio ilegal de la profesión.
  1. De los Profesionales hacia la Sociedad:
    1. El Diseñador Gráfico no deberá utilizar conocimientos técnicos propios de la profesión en actividades ilegales e inmorales.
    2. El Diseñador Gráfico debe respetar las normas sociales y éticas de la comunidad.
    3. El Diseñador Gráfico debe respetar los aspectos morales de los menores de edad en lo referido a su psicología, salud, sexualidad, seguridad y educación.
    4. El Diseñador Gráfico no debe fomentar la discriminación por causas raciales, de género, religiosas, orientación sexual o ideológica.
    5. El Diseñador Gráfico debe respetar el honor y la dignidad de las personas.
    6. El Diseñador Gráfico debe aportar, a través de la práctica profesional, al desarrollo del país y al rescate de los valores culturales nacionales.
    7. El Diseñador Gráfico debe mantener una actitud de protección y cuidado del medio ambiente.

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